Informe de Ventilación e Iluminación

 

Talleres de Conversión de Vehículos a Gas Natural Vehícular 
La Resolución 0957 del 2012, indica las condiciones que deben cumplir los Talleres de Conversión GNCV, entre esos las condiciones de Ventilación e Iluminación, los cuales deben ser realizados por personal competente.

Informe de Ventilación 
Los Talleres deben disponer de un sistema de ventilación con una capacidad por vehículo de 500 l/s, a menos que el sitio disponga de ventilación natural debido a las condiciones particulares del mismo. 
     
Informe de Iluminación 
Los Talleres deben contar con una iluminación (natural o artificial) mínima de 500 lux. 

Las visitas e informes son realizados por personal Calificado en Seguridad Laboral, los cuales dan recomendaciones y mejoras para las Instalaciones.



Objetivos y beneficios

  • Se realizan pruebas con equipos idóneos y calibrados para corroborar el cumplimiento del Reglamento técnico aplicable. 
  • Dar las recomendaciones necesarias para conservar una atmósfera óptima de trabajo. 

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